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Empresarial Nº 4

28 de Junio, 2009  ·  Ensayos


TIPOLOGÍA DE LOS CONTRATOS       

EMPRESARIALES

FACTORING

1.     Definición

 

·    Conocido como Contrato de facturación

 

·   Es una operación por el cual un empresario transmite en exclusiva los créditos que frente a terceros tiene como consecuencia de su actividad mercantil a un factor, el cual se encargará de la gestión y contabilización de tales créditos.

 

2. Elementos típicos

 

a. La adquisición por parte del Banco de créditos por cobrar.

b. El Banco asume los riesgos resultantes por la falta de pago de los créditos adquiridos.

c. El Banco asume determinados servicios, como son la de investigar la solvencia moral   económica de los clientes, llevar un control administrativo y contable.

 

3. Sujetos que intervienen

 

·    La empresa bancaria o financiera, denominada “factor” y el cliente, llamado también “factorado”

 

4. Ventajas

 

a. Servicios administrativos.- Que comprende la investigación de la clientela y la  contabilización de las transacciones llevadas en las ventas.

b. El servicio de  garantía.- Mediante el cual el Banco factor asume el riesgo de la insolvencia de los deudores.           

c. El servicio de financiamiento.- Que como lo hemos señalado el Banco efectúa pagos anticipados por las facturas o ventas realizadas por la empresa comercial “Cliente”.

 

5. Modalidades

  

a. Por su contenido

* Factoring con financiamiento

* Factoring sin financiamiento.-

b. Por su ejecución

* Factoring con notificación a los deudores.

* Factoring sin conocimiento de los deudores

c. Por su evolución histórica

* El factoring old line, que es el conjunto de servicios brindados por el factor, quien además desempeña un rol financiera

 

Leasing

 

1.     Definición

 

·    Conocido como contrato de arrendamiento financiero.

 

·    Por el contrato de leasing o arrendamiento financiero, una persona, normalmente industrial, necesitado de recursos financieros para adquirir bienes de capital, maquinaria y equipos o de inmuebles

 

 

2.     Momentos En La Ejecución Del Contrato

 

· Primer momento.- La necesidad de una empresa de adquirir determinados bienes.

Elige las mejores propuestas de precios y condiciones, y busca en una entidad bancaria

la financiación respectiva.

 

· Segundo momento.- El Banco estudio el proyecto presentado por la empresa, y de ser favorable, aprueba la operación, firmándose un contrato de arrendamiento financiero, por el cual el Banco se compromete en adquirir los bienes elegidos por la empresa, a su nombre mientras dure el contrato y darlo en uso a la empresa arrendataria a cambio de un pago o alquiler mensual.

 

· Tercer momento.- Al finalizar el contrato de arrendamiento, la empresa tiene la opción de compra de dichos bienes, al precio convenido anticipadamente al firmarse el contrato de arrendamiento financiero. Normalmente es un valor residual. Esta opción puede ejercerla el arrendatario en cualquier momento.

 

3.     Partes que intervienen

 

a. El arrendatario o usuario.

Es el cliente que determina sus necesidades de requerimiento

 y que solicita el financiamiento,

 

b. El Banco o una entidad especializada.

Los Bancos están autorizados a realizar esta operación a través de un departamento especializados o a través de una empresa subsidiaria.

 

c. El proveedor.

Si bien es cierto tiene una participación marginal, sin embargo muchas veces se lo incluye en el contrato por los efectos relativos a las garantías de los bienes vendidos.

 

4.     Clases

 

a. Leasing financiero.- Es el contrato de arrendamiento con pacto de compraventa.

 

b. Leasing operativo.- Es una modalidad que permite que el usuario pueda devolver los bienes objeto del contrato por haber devenido en obsoletos para recibir a cambio otros más modernos.

 

c. Lease-back.- Es una modalidad de leasing en el cual el cliente mismo hace el papel de proveedor.

 

d. El Renting.- Esta modalidad es muy similar al leasing operativo, presupone la existencia de materiales en poder del Banco, los cuales son arrendados al cliente, con pacto de compraventa.

 

5.     Obligaciones  Del arrendatario

 

a. Pagar puntualmente el precio del arrendamiento.

b. Cumplir con constituir las garantías exigidas por el Banco.

c. Asumir todas las obligaciones contractuales que incluye el uso adecuado del bien, mantenimiento, cambio de repuestos, información, etc.

d. Contratar seguros contra toda clase de riesgos.

e. Devolver el bien al vencimiento del contrato de arrendamiento cuando no se ejerce la opción de compra o antes de su vencimiento a solicitud del Banco como consecuencia de la resolución del contrato.

 

5.     Obligaciones  Del banco

 

a. Adquirir los bienes que han sido escogidos por el cliente directamente del proveedor también designado por éste.

b. Entregar los bienes al arrendatario o facultar al proveedor para que los entregue directamente al usuario.

c. Garantizar el disfrute del bien y sus condiciones intrínsecas.

d. Proceder a la venta del bien, en el caso de que el arrendatario haga uso de la opción de compra, al precio convenido en el contrato.

 

 

 

 

 

 

 

 

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publicado por upn a las 06:18 · Sin comentarios  ·  Recomendar
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